Ceuta: uno de los últimos escollos políticos para la Ley de Nacionalidad Saharaui

El próximo 10 de septiembre, la Proposición de Ley sobre concesión de nacionalidad española a las y los saharauis nacidos bajo la administración española volverá al Pleno del Congreso de los Diputados para su debate y definitiva votación. La iniciativa, impulsada como una medida de reparación histórica, busca reconocer los derechos de quienes nacieron en el entonces Sáhara Español y facilitar el acceso a la nacionalidad española tanto a ellos como, en determinados casos, a sus descendientes.

Pero los saharauis han aprendido que los tempos en la política española son muy lentos, cuando no eternos, cuando los asuntos afectan a su pueblo y que siempre puede haber un contratiempo de última hora nada esperado. Sobre todo, si del PSOE se trata, pues la crisis migratoria derivada de la entrada masiva de personas a Ceuta el pasado 30 de julio podría hacer que su grupo parlamentario en el Congreso se replanteara finalmente su apoyo a la ley para evitar incomodar aún más a Marruecos.

Además, si la ley saliera finalmente aprobada en el Congreso este 10 de septiembre, deberá ir después al Senado, donde el Partido Popular dispone de mayoría absoluta y podría modificar sustancialmente su contenido, retrasar su entrada en vigor o incluso provocar que no salga adelante antes de finalizar la legislatura.

El pasado 23 de julio, la Proposición de Ley sobre concesión de nacionalidad española a las y los saharauis nacidos bajo la administración española dio un paso decisivo en su tramitación parlamentaria, pues la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados aprobó el dictamen de la iniciativa con 19 votos a favor, tres en contra y quince abstenciones, permitiendo que el texto continuara su recorrido hacia el Pleno del Congreso, donde, como decimos, está previsto que sea debatido y votado el próximo 10 de septiembre.

La norma, impulsada sobre todo por la diputada de origen saharaui Tesh Sidi, del Grupo Parlamentario Sumar, contempla como beneficiarias a las personas nacidas en el Sáhara Occidental antes del 29 de septiembre de 1977, una fecha que puede llamar la atención si se tiene en cuenta que España abandonó definitivamente el territorio el 26 de febrero de 1976.

La explicación sobre esta fecha es estrictamente jurídica. El 10 de agosto de 1976, se aprobó el Real Decreto 2258/1976, que reconocía “el derecho a optar por la nacionalidad española a los naturales del Sahara que residiendo en territorio nacional estén provistos de documentación general española, o que encontrándose fuera de él se hallen en posesión del documento nacional de identidad bilingüe expedido por las Autoridades españolas, sean titulares del pasaporte español o estén incluidos en los Registros de las representaciones españolas en el extranjero”.

El decreto se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 28 de septiembre de 1976 y entró en vigor al día siguiente, el 29, y concedía un plazo de doce meses para ejercer ese derecho, que expiró el 29 de septiembre de 1977. La actual proposición de ley toma precisamente esta última fecha porque representa el último día en que, al menos sobre el papel, los saharauis podían solicitar la nacionalidad española.

Sin embargo, este trámite era difícil de llevar a cabo ya que, cuando comenzó el plazo previsto por el decreto, la Administración española ya no se encontraba en el Sáhara Occidental, pues, con los Acuerdos Tripartitos de Madrid, de 14 de noviembre de 1975, España había entregado el territorio a Marruecos y Mauritania, por lo que miles de saharauis no pudieron acceder a registros u otros mecanismos oficiales de las autoridades españolas para formalizar la solicitud. Esa situación fue reconocida posteriormente por diversas sentencias del Tribunal Supremo y constituye uno de los principales fundamentos jurídicos de la actual iniciativa legislativa.

La ocupación militar del Sáhara Occidental por parte de Marruecos y Mauritania desencadenó una guerra de resistencia liderada por el Frente Polisario que se prolongó hasta 1991. Actualmente, y desde el 13 de noviembre de 2020, los saharauis enfrentan una segunda guerra de liberación del Sáhara contra la potencia ocupante marroquí.

Tesh Sidi, en el Pleno del Congreso, el 25 de febrero de 2025. / Fuente: congreso.es

¿Qué cambios introduce la ley?

La Proposición de Ley de concesión de la nacionalidad española a las y los saharauis nacidos bajo administración española incorpora dos novedades fundamentales. La primera consiste en reconocer que concurren las «circunstancias excepcionales» previstas en el artículo 21 del Código Civil español para conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a los saharauis nacidos en el Sáhara Occidental bajo administración española, incluso aunque no residan legalmente en España.

Además, la norma prevé que los descendientes en primer grado de quienes obtengan la nacionalidad por esta vía dispongan de un plazo de cinco años para optar también a la nacionalidad española.

En concreto, el artículo 21 del Código Civil establece que la nacionalidad española puede adquirirse “por carta de naturaleza, otorgada discrecionalmente mediante Real Decreto, cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales”, como fue el caso de la Ley 12/2015, de 24 de junio, para la concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España, que reguló la obtención de la nacionalidad española por carta de naturaleza para los descendientes de quienes fueron expulsados por el Edicto de Granada de 1492.

La segunda modificación de la proposición de ley afecta al artículo 22 del Código Civil. Actualmente, los ciudadanos extranjeros necesitan, con carácter general, diez años de residencia legal para solicitar la nacionalidad española. La reforma incluiría a los saharauis entre los colectivos que solo necesitan acreditar dos años de residencia, equiparándolos a nacionales de países iberoamericanos, Portugal, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Andorra o a los sefardíes.

Momento de la votación de la Ley de Nacionalidad Saharaui en la Comisión de Justicia del pasado 23 de julio. / Foto subida a la red social X por la propia Tesh Sidi.

La Ley de Nacionalidad Saharaui trasciende el ámbito meramente administrativo y jurídico. Constituye, ante todo, una medida de reparación histórica y de memoria restaurativa. España no puede olvidar su pasado en el Sáhara Occidental ni ignorar la deuda histórica que mantiene con el pueblo saharaui. Durante décadas, el Sáhara Occidental fue administrado por España y la población saharaui ostentó la condición de española conforme al ordenamiento jurídico vigente en el momento. Esa realidad histórica genera una responsabilidad jurídica, política y moral que no puede ser eludida.

En este contexto, la ley pretende reparar, aunque solo sea de forma parcial, una parte de esa deuda histórica mediante el reconocimiento de derechos derivados de la relación jurídica y política que existió entre España y el Sáhara Occidental. Asimismo, busca equiparar el tratamiento de los saharauis con el dispensado a otros colectivos históricamente vinculados a España, facilitando el acceso a la nacionalidad en atención a esos vínculos y al principio de reparación histórica.

Ahora bien, esta ley no pretende, ni puede, sustituir el derecho inalienable del pueblo saharaui a la libre determinación. Tampoco resuelve el proceso de descolonización del Sáhara Occidental, ni constituye una alternativa al referéndum de autodeterminación previsto por las Naciones Unidas como mecanismo para determinar el futuro del territorio. Del mismo modo, su aprobación no exime a España de las responsabilidades históricas, jurídicas y políticas que siguen derivándose de su condición, aún actual y de iure, de potencia administradora.

Lo deseable sería que el Gobierno español derogara el Real Decreto 2258/1976, con el que se reconocía un derecho de opción a la nacionalidad española para los saharauis nacidos hasta entonces en el Sáhara Occidental y cumplieran una serie de requisitos, pero no se contemplaba para ellos una conservación automática de la nacionalidad. Pero eso el Gobierno español no lo va a hacer, como tampoco va a reconocer tan siquiera que esa misma población saharaui nunca debió haber perdido la nacionalidad española.

La Ley de Nacionalidad Saharaui tampoco concede automáticamente la nacionalidad española al conjunto del pueblo saharaui. Lo que establece es una vía excepcional de acceso a esta nacionalidad para las saharauis y los saharauis nacidos en el Sáhara Occidental dentro de los períodos previstos por la ley, personas que durante décadas han soportado las consecuencias jurídicas y personales del abandono del Estado español. En cuanto a los descendientes, la ley abre una vía de acceso posterior para los hijos e hijas de primer grado de quienes adquieran la nacionalidad española al amparo de esta norma.

Es por todo esto que la ley debe interpretarse en su justa medida. Se trata de una reparación parcial, necesaria y largamente reclamada, pero no del cierre de la cuestión saharaui. La deuda histórica de España con el Sáhara Occidental no se extingue con una ley de nacionalidad. La descolonización del territorio continúa pendiente y el derecho del pueblo saharaui a decidir libremente su futuro permanece intacto.

En definitiva, la Ley de Nacionalidad Saharaui constituye un instrumento de justicia histórica y de memoria restaurativa. Reconoce una realidad jurídica que existió durante décadas y trata de reparar, aunque sea de forma limitada, las consecuencias del abandono de los saharauis por parte del Estado español. Sin embargo, su alcance debe situarse en su verdadero contexto: es una medida de reparación, no una solución al conflicto del Sáhara Occidental ni una sustitución del derecho del pueblo saharaui a la autodeterminación.

Dicho esto, la proposición de ley sigue sin convertirse, de momento, en una realidad, puesto que todavía no existe ninguna ley aprobada ni un texto legal en vigor y hay cierto riesgo de que, como ya ocurrió con la proposición de ley de la pasada legislatura, esta decaiga también antes de que concluya la actual.

La posición del Partido Popular

Como decimos, la iniciativa fue aprobada por la Comisión de Justicia el pasado 23 de julio y está previsto que sea debatida y votada por el Pleno del Congreso de los Diputados el próximo 10 de septiembre. Si recibe el visto bueno, iniciará su tramitación en el Senado, donde el Partido Popular (PP) cuenta con mayoría absoluta.

Es ahí precisamente donde se sitúa una de las principales incertidumbres, pues el PP ha dado un giro respecto a la posición que había mantenido hasta hace poco y, después de haber respaldado la toma en consideración de la proposición de ley en febrero de 2025, sorprendió, el pasado 30 de junio, al votar en contra del informe de la ponencia de la Comisión de Justicia. Costó convencer al PSOE, pero ahora el obstáculo estaba también en el PP.

Finalmente, el grupo popular optó por abstenerse en la votación de la Comisión de Justicia del 23 de julio, permitiendo que el dictamen saliera adelante. Los únicos votos contrarios correspondieron a Vox, mientras que Junts también se abstuvo.

Uno de los escenarios más probables es que el Senado introduzca enmiendas a la proposición de ley para limitar su alcance únicamente a la modificación del artículo 22 del Código Civil, equiparando a los saharauis con otros ciudadanos procedentes de antiguos territorios bajo administración española. Esa ha sido históricamente la posición del Partido Popular y, hasta el pasado mes de junio, también la del PSOE.

Si el Senado veta la iniciativa o aprueba enmiendas, el texto deberá regresar al Congreso de los Diputados, donde la Cámara Baja tendrá la última palabra. Este proceso puede durar varias semanas, y ahí está uno de los principales peligros de la aprobación de esta norma, pues, antes de que el Congreso de los Diputados pueda pronunciarse sobre el veto o las enmiendas del Senado, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, podría decidir disolver las Cortes y convocar elecciones anticipadas. En ese caso, la proposición de ley volvería a decaer, como ya ocurrió durante la pasada legislatura con la proposición de ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común en 2022.

Ni el PSOE ni el PP han demostrado, hasta la fecha, una voluntad política firme y sostenida para reparar el agravio histórico sufrido por el pueblo saharaui. Más bien, ambos han convertido con frecuencia el conflicto del Sáhara Occidental en un instrumento de confrontación dentro de la política española, utilizándolo como arma electoral o argumento para desgastarse mutuamente en lugar de abordar una solución basada en la justicia, el derecho internacional y los compromisos históricos del Estado español.

Los giros de guion del PSOE

En los últimos meses, parecía haberse producido un cambio de escenario. Las negociaciones y la presión ejercida especialmente por Sumar, pero también por otros grupos parlamentarios favorables al reconocimiento de los derechos del pueblo saharaui, contribuyeron a generar un mayor consenso en torno a la iniciativa legislativa. Como resultado, la ley ha ido superando importantes trámites parlamentarios, consolidando su recorrido y dejando la impresión de que su aprobación definitiva podría producirse durante el próximo periodo de sesiones, que comienza ahora en septiembre, si se mantiene el actual respaldo parlamentario.

Sin embargo, la crisis migratoria derivada de la entrada masiva de 72.000 personas a Ceuta el pasado 30 de julio puede hacer que la Ley de Nacionalidad Saharaui vea comprometida su aprobación, pues el PSOE, después de apoyar la norma en la Comisión de Justicia el pasado 23 de julio, puede dar un volantazo en su propósito y votar en contra de su aprobación el próximo 10 de septiembre para evitar molestar a Marruecos.

La claudicación del Gobierno español frente a Marruecos en el anterior episodio de entrada masiva de emigrantes por Ceuta y Melilla en 2021 derivó en el giro de guion del presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, en la política de España respecto a la cuestión del Sáhara Occidental para posicionarse en favor de las tesis marroquíes de ocupación. Aquel episodio sentó un precedente en las relaciones entre España y Marruecos y, como entonces, esta vez tampoco bastará con la actual claudicación del Gobierno español ante este nuevo chantaje de Mohamed VI para saciar las apetencias expansionistas de la monarquía alauita. El régimen marroquí se siente impune y, con el actual contexto internacional, también plenamente respaldado por Trump, Israel y una creciente alianza de gobiernos que alimentan y se suman a la actual ola reaccionaria global.

Por eso, no es descabellado pensar que Pedro Sánchez opte por ordenar a su grupo parlamentario votar en contra de la norma en el Pleno del Congreso del próximo 10 de septiembre, pese a haberla respaldado en la Comisión de Justicia el pasado mes de julio. Otra posibilidad es que, si finalmente vota a favor pero el texto incorpora enmiendas que deban pasar por el Senado, deje transcurrir el tiempo suficiente antes de convocar unas nuevas elecciones para que la iniciativa decaiga con el final de la legislatura.

La gran incógnita, por tanto, sigue siendo si la ley logrará superar estos últimos obstáculos parlamentarios y verá finalmente la luz o si un eventual adelanto electoral volverá a condenarla a quedar guardada en un cajón.

(*) Imagen de cabecera: foto extraída de la plataforma “No te olvides del Sáhara Occidental”.

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